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Agroalimentaria

viernes, 11 de marzo de 2016

SOBERANÍA Y SEGURIDAD AGROALIMENTARIA

El Ingeniero en Agroalimentaria debe gestionar la producción de los alimentos, con la finalidad de obtener artículos de calidad, la organización y la gestión de empresas agrarias, la planificación y el desarrollo rural y la implantación de infraestructuras agrarias. Todo ello de forma respetuosa con el medio ambiente, económicamente rentable y socialmente admisible.

Por lo tanto La Ingeniería Agroalimentaria es la materia que desarrolla y aplica la ciencia y la tecnología en los ámbitos de las explotaciones agrícolas y ganaderas, las industrias agrarias así como también alimentarias , la horticultura y la jardinería, todo ello procurando las mejores condiciones sociales, económicas y ecológicas. 

SOBERANÍA AGROALIMENTARIA

La soberanía agroalimentaria es el derecho de los pueblos a alimentos nutritivos y culturalmente adecuados, accesibles, producidos de forma sostenible y ecológica, y su derecho a decidir su propio sistema alimentario y productivo, Por la cual pone a aquellos que producen, distribuyen y consumen alimentos en el corazón de los sistemas y políticas alimentarias, por encima de las exigencias de los mercados y de las empresas asi mismo Resguarda los intereses e incluye a, las futuras generaciones también Nos ofrece una estrategia para resistir y desmantelar el comercio libre y corporativo , y tambien conducir los sistemas alimentarios, agrícolas, pastoriles y de pesca para que pasen a estar formalizados por los productores y productoras locales. 

Por otra parte La soberanía agroalimentaria da prioridad a las economías locales y a los mercados particulares asi como también los nacionales, y conduce a otorgarles el poder a los campesinos y a la agricultura familiar, la pesca artesanal y el pastoreo tradicional .Coloca la producción alimentaria, la distribución y el consumo sobre la base de la sostenibilidad medioambiental, social y económica. 

En otro orden de ideas La soberanía agroalimentaria promueve el comercio transparente, que garantiza ingresos dignos para todos los pueblos, y los derechos de los consumidores para controlar su propia alimentación y nutrición. Garantiza que los derechos de acceso y a la gestión de nuestra tierra, de nuestros territorios, nuestras aguas, nuestras semillas, nuestro ganado y la biodiversidad, estén en manos de aquellos que producimos los alimentos.

Para concluir se puede decir que La soberanía alimentaría supone nuevas relaciones sociales libres de opresión y desigualdades entre los hombres y mujeres, pueblos, grupos raciales, clases sociales y generaciones. 



SEGURIDAD AGROALIMENTARIA
La Seguridad agroalimentaria es la disponibilidad suficiente y estable de alimentos en el espacio nacional y el acceso eficaz y permanente de estos por parte del público consumidor. Se dice que hay seguridad agroalimentaria cuando todas las personas tienen en todo momento acceso físico y económico a suficientes alimentos inocuos y nutritivos para satisfacer sus necesidades alimenticias y sus preferencias en cuanto a los alimentos para alcanzar una vida sana y activa.
IMPORTANCIA DE LA SEGURIDAD AGROALIMENTARIA
1.   La producción de alimentos es de interés nacional y fundamental para el desarrollo socioeconómico de la nación.
2.   Es un principio de la tercera generación consagrado en el artículo 305 de la Constitución Bolivariana de Venezuela.
3.   Garantiza la disponibilidad de productos agrícolas para la nación.
4.   Resguarda a la población del hambre como resultado de su aprovechamiento del potencial agro productivo y sirve para impulsar al sector agrícola, tanto vegetal como animal. Para suplir las necesidades de una población en crecimiento y de un estado donde la producción nacional se encuentra disminuida y no se llenan los requerimientos, teniendo que recurrir a la importación y dependencia foránea.
5.   Compromete al estado en el deber de promover la producción agrícola interna.

SEGÚN LA LEY ORGÁNICA DE SEGURIDAD Y SOBERANÍA AGROALIMENTÁRIA (LOSSA) - Publicada en Gaceta Oficial de la Republica Bolivariana de Venezuela N°5.891 de fecha 31 de Julio de 2008.
Soberanía agroalimentaria
Artículo 4. La soberanía agroalimentaria es el derecho inalienable de una nación a definir y desarrollar políticas agrarias y alimentarias apropiadas a sus circunstncias específicas, a partir de la producción local y nacional, respetando la conservación de la biodiversidad productiva y cultural, así como la capacidad de auto abastecimiento priorizado, garantizando el acceso oportuno y suficiente de alimentos a toda la población. Son acciones para garantizar la soberanía agroalimentaria, Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria 47 entre otras:
1. El privilegio de la producción agrícola interna, a través de la promoción y ejecución de la agricultura sostenible y sustentable como base estratégica del desarrollo rural integral.
 2. La transformación de las relaciones de intercambio y distribución, a partir de la cogestión en la planificación con la participación de todos los actores y actoras que intervienen en las actividades agrícolas.
3. La identificación y reconocimiento de las relaciones sociales de producción y consumo, dentro de las necesidades y posibilidades concretas de cada uno de los actores de las distintas cadenas agrícolas.
4. El establecimiento y cumplimiento de medidas que garanticen la protección, supervisión, prosperidad y bienestar de las productoras y productores nacionales, en el marco del desarrollo endógeno de la Nación.
5. La vigilancia, supervisión y control de las operaciones en las fases del ciclo productivo, estimulando a aquellos que ejecuten actividades en el territorio nacional y en especial a los que provengan de personas de carácter social o colectivo, quienes serán protegidos y priorizados en la participación y beneficios derivados de concesiones, financiamientos, actividades, medidas e inversiones de carácter público.
6. Las previstas en la Ley que regule la materia de tierras y desarrollo agrario.


Seguridad agroalimentaria

Artículo 5. La seguridad agroalimentaria es la capacidad efectiva que tiene el Estado, en corresponsabilidad con el sector agroalimentario nacional, para garantizar a toda la población, la disponibilidad, acceso, intercambio y distribución equitativa de los alimentos de manera estable, que aseguren las condiciones físicas y emocionales adecuadas para el desarrollo humano integral y sustentable, considerando el intercambio, la complementariedad y la integración económica entre los pueblos y naciones como elemento esencial que garantiza el derecho a la alimentación. Son objetivos de la seguridad agroalimentaria:

1. Garantizar el balance alimentario de la población, a través de:
a) La planificación, el desarrollo sistémico y articulado de la producción, así como la promoción de la actividad agropecuaria.

b) El establecimiento de medidas en el orden financiero, de intercambio y distribución, comercial, transferencia tecnológica, tenencia de la tierra, infraestructura, formación y capacitación, y otras que fueren necesarias, con el fin de alcanzar los niveles de autoabastecimiento requeridos por la población y evaluar el rendimiento de las inversiones, su impacto, la verificación precisa del correcto uso de los recursos públicos invertidos y su efecto económico-social. Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria 49.

 c) La protección de los asentamientos y comunidades de pescadores o pescadoras artesanales, así como sus caladeros de pesca en aguas continentales y los próximos a la línea de costa definidos en la ley.

 d) Cualquier otra actividad que determine el reglamento del presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica.

2. Asegurar la distribución de la producción nacional agroalimentaria con el propósito de atender la satisfacción de las necesidades básicas de la población.